Artículo 8 Fracción V.

b) Los ingresos extraordinarios recibidos por cualquier concepto, señalando el origen de los recursos, el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como el proyecto o programa donde serán aplicados;

 

No aplica, el Consejo Municipal del Deporte de Zapopan, Jalisco, no recibe ingresos extraordinarios de otras entidades que no sean la del municipio de Zapopan, fuera del presupuesto señalada en el artículo 8 la fracción V. inciso a), de la Ley que nos atañe, cuenta con ingresos propios correspondientes al pago de matrícula deportiva, como base para su funcionamiento.

 

Información publicada con base a lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios- actualizada por la Unidad de Transparencia del Consejo Municipal del Deporte de Zapopan, Jalisco –última publicación 10-01-2024  última actualización 08-03-2024.